Tipos de Sociedades

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Una  vez  que  tenemos  claro  nuestro  negocio,  nos  toca  pensar  en  cuál  será  el  tipo  de constitución legal que elegiremos para nuestra empresa, es decir bajo qué parámetros legales funcionará, cuál será su forma de administración y la manera en que tributará, entre otros.

 

Para definir la constitución legal de nuestra empresa tenemos 2 modalidades:

 

•                    Persona Natural

•                    Personalidad Jurídica

 

Persona Natural:

 

Para el caso de las empresas de Persona Natural, solo se requiere estar en posesión de nuestra Cedula de Identidad para emprender y constituir la empresa, salvo las situaciones en que se requiera de un representante, como en el caso de los menores de edad.

Empresa Individual de Responsabilidad Limitada (E.I.R.L):

La constitución de este tipo de sociedad permite a una persona iniciar su Emprendimiento de manera individual, pero como una persona jurídica, es decir, con patrimonio propio distinto del dueño y con carácter comercial.

Sociedades Colectivas:

La sociedad colectiva también se conoce cómo sociedad ilimitada, ya que su característica fundamental es que en caso de dificultades comerciales aquellos socios que la conforman deben responder no sólo con su aporte de capital si no que, incluso, con sus bienes personales.

Comanditaria:

 Lo que identifica a la sociedad en comandita es que por un lado existen socios capitalistas, llamados comanditarios, y por el otro están los socios gestores que administran el aporte hecho por los primeros a la caja social.

La sociedad en comandita puede ser simple, que es aquélla donde los socios suministran un fondo. También está la comandita por acciones, cuyo capital está dividido en acciones o cupones de acciones, papeles que son suministrados por socios cuyo nombre no figura en la escritura social.

 

Este tipo de sociedad no está muy extendida, ya que generalmente quienes entregan capital desean tener algún tipo de injerencia en su administración.

 

Anónima:

Las sociedades anónimas poseen un capital social en un fondo común dividido en acciones. La administración recae en un directorio que está compuesto por miembros elegidos y renovados en las juntas generales ordinarias de accionistas.

Las sociedades anónimas también pueden ser de dos tipos: abiertas o cerradas (Incluyendo la SPA).

Limitada:

 

Las sociedades de responsabilidad limitada se caracterizan por estar formadas por un número de socios que no puede ser superior a 50, quienes son responsables sólo hasta el monto de sus aportes o la suma mayor que se indique en los estatutos sociales. 


 

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